Planes de Préstamos y Créditos

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La Cooperativa pone a disposición de sus asociados diferentes rubros crediticios que pueden ser usados de forma simultánea, acorde a las formalidades fijadas en las Políticas de Créditos.

Préstamos

Préstamo hasta el doble de los ahorros

Préstamo hasta el doble de los ahorros

Es un préstamo de hasta dos (2) veces el valor de los ahorros del socio en la COOPROGRAL, a su vez el socio podrá refinanciar este crédito cuando haya completado el 50% de las cuotas del préstamo, con una tasa fija anual de un 12% de interés.

Préstamos hasta el doble más la mitad de los ahorros (2.5 de los ahorros)

Préstamos hasta el doble más la mitad de los ahorros (2.5 de los ahorros)

Este tipo de préstamo se otorga sobre la base del doble más la mitad de los ahorros del socio. Para optar por este préstamo vía refinanciamiento el socio deberá haber pagado el 70% del valor de su préstamo anterior, con una tasa fija anual de un 13% de interés.

Préstamo sobre el doble de los ahorros y hasta el límite de tres veces la cantidad ahorrada (3X1 de los ahorros)

Préstamo sobre el doble de los ahorros y hasta el límite de tres veces la cantidad ahorrada (3X1 de los ahorros)

Este préstamo se otorgará sobre el múltiplo de hasta el límite de tres veces los ahorros del socio. Para optar por este préstamo vía refinanciamiento el socio deberá haber pagado el 70% del valor de su compromiso anterior en esta modalidad. Este préstamo tendrá una tasa fija anual de un 13% de interés.

El préstamo sobre el doble de los ahorros y hasta el límite de tres veces la cantidad ahorrada (3X1 de los ahorros): Requiere de un fiador solidario cuando el socio que solicita el crédito no sea empleado de carrera o empleado de la cooperativa; el fiador solidario lo será por el monto que excede sobre el 2.5 de los ahorros y que de manera expresa se hace garante. Cuando el monto solicitado exceda el doble de los ahorros, pero no exceda del doble más la mitad de los ahorros no será necesario el fiador solidario.

El fiador solidario

Deberá ser socio de la COOPROGRAL y en caso de la pérdida de la condición de socio del prestatario, el asociado garante autoriza a la COOPROGRAL a cobrar de su sueldo o prestaciones laborales en la Procuraduría General de la República, o bien, de sus ahorros y/o beneficios en la distribución de excedentes o de cualquier otra institución, las deudas contraídas y/o garantizada.

El fiador solidario compromete sus ahorros por la parte garantizada, por igual deberá firmar un acto notarial sobre el monto económico en el cual se compromete como fiador. El monto garantizado será el valor que la cooperativa descontará en las primeras cuotas de pagos del socio deudor, hasta tanto la suma comprometida sea cubierta.

Plazos de pagos del préstamo hasta el límite de tres veces la cantidad ahorrada (3X1 de los ahorros):

Tabla económica y plazos

Préstamos Gerenciales

Préstamos Gerenciales

Este préstamo dispone de cuatro modalidades para la disponibilidad del socio según la escala salarial y tiene la facilidad de pagarlo de 1 a 6 cuotas mensuales con un interés mensual de 2%, este tipo de préstamo no es refinanciado y sólo se puede volver a solicitar cuando es saldado, disponible en 24 horas laborables.

Escalas salariales para optar por los prestamos gerenciales:

Escala salarial del socio Disponibilidad de préstamo Gerencial, hasta:
DOP$5,000.00 – DOP$40,000.00
DOP$15,000.00
DOP$41,000.00 – DOP$80,000.00
DOP$20,000.00
DOP$81,000.00 – DOP$115,000.00
DOP$30,000.00
DOP$116,000.00 en Adelante
DOP$50,000.00

Créditos

Créditos Especiales

Créditos Especiales

Se otorga para cubrir emergencias o situaciones imprevistas y circunstanciales que se les presenten a los asociados. Se consideran créditos especiales los solicitados por causa de enfermedad, pago de mensualidades educativas atrasadas, compra de utilidades escolares, inscripciones educativas, matriculaciones educativas, pagos de tarjetas de créditos, deudas judicializadas y los gastos funerarios.

Requisitos: En caso de que el socio requiera un crédito especial, deberá completar formulario, anexar copia de cédula y documentación que acredite la situación especial o emergencia conforme la política de crédito.

Crédito Especial de Salud

Crédito Especial de Salud

Son aquellos solicitados y otorgados debido a accidentes, enfermedades súbitas, diferencias por internamiento y estudios médicos. El comité de crédito se reserva el derecho de otorgar hasta un 20% más del valor de los gastos demostrados sobre aquellos préstamos que el solicitante sólo pueda justificar una parte de los gastos, este derecho que le es reservado al comité de crédito, no puede entrar en contradicción con la capacidad de pago del socio y la disponibilidad en base a sus ahorros en esta modalidad.

Nota importante: En caso de que el socio requiera un crédito especial de salud, para asuntos odontológicos, deberá presentar la cotización del servicio que se realizará. Cuando el monto solicitado supere los treinta mil pesos dominicanos (DOP$30,000.00) la COOPROGRAL emitirá una orden de servicios o cheque a nombre de la clínica odontológica.

Crédito Educativo Normal

Crédito Educativo Normal

Se otorga para cubrir emergencias o situaciones imprevistas y circunstanciales que se les presenten a los asociados. Se consideran créditos especiales los solicitados por causa de enfermedad, pago de mensualidades educativas atrasadas, compra de utilidades escolares, inscripciones educativas, matriculaciones educativas, pagos de tarjetas de créditos, deudas judicializadas y los gastos funerarios.

Crédito Educativo Especial

Crédito Educativo Especial

Durante los meses de julio y agosto de cada año, la COOPROGRAL dará apertura a un crédito educativo especial que los socios utilizarán para gastos educativos de sus hijos en inscripciones, matriculaciones y compra de útiles escolares, el cual estará sujeto a la capacidad de pago del socio, no pudiendo exceder el 50% de su salario bruto. Este crédito especial tendrá una tasa anual de interés de seis por ciento (6%), pagadero a (11) cuotas mensuales.

Requisitos: Para acceder al crédito educativo especial, el socio deberá completar formulario de préstamo, anexar copia de cédula y depositar copia del acta de nacimiento del hijo más constancia de inscripción en el centro educativo o copia de la calificación. En caso de que el socio utilice los servicios del crédito educativo normal no podrá utilizar al mismo tiempo el crédito educativo especial.

El Crédito educativo especial, será pagadero a (11) cuotas mensuales y los socios podrán acceder según la escala salarial que ostenten, a saber:

Escala salarial del socio Disponibilidad de préstamo Gerencial, hasta:
DOP$5,000.00 – DOP$40,000.00
DOP$30,000.00
DOP$41,000.00 – DOP$80,000.00
DOP$40,000.00
DOP$81,000.00 – DOP$115,000.00
DOP$50,000.00
DOP$116,000.00 en Adelante
DOP$60,000.00
Crédito especial por situaciones judiciales

Crédito especial por situaciones judiciales

Son aquellos solicitados y otorgados debido a las deudas contraídas y sobre las que haya recaído intimación. Los préstamos en los cuales se utilicen como soporte actos de intimación de pago deberán contener la constancia que demuestre la existencia del crédito, entre las cuales, no siendo limitativas, podemos nombrar acto notarial, certificación de la empresa o cualquier otra constancia que demuestre la entrega del crédito.

Crédito especial para pago de tarjetas de créditos

Crédito especial para pago de tarjetas de créditos

Son los solicitados y otorgados debido a las deudas contraídas con tarjetas de crédito del sistema Bancario Nacional que mínimo tengan dos meses de mora, para lo cual el socio solicitante aportará la certificación de la entidad Bancaria en la cual demuestre la deuda contraída y la COOPROGRAL emitirá un cheque por el valor del crédito aprobado a nombre de la entidad con la cual el socio contrajo el compromiso.

Requisitos: Para acceder al crédito especial para pago de tarjeta de crédito, el socio deberá completar formulario de préstamo, anexar copia de cédula y depositar las documentaciones del banco que valide los meses en atraso pendiente a pagar.

Crédito especial para emergencia funeraria

Crédito especial para emergencia funeraria

Es un crédito para cubrir todo lo relativo a los últimos gastos funerarios de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad.

Requisitos: Para acceder al crédito especial para emergencia funeraria, el socio deberá completar formulario de préstamo, anexar copia de cédula y depositar las documentaciones que avalen la relación consanguínea del familiar y su deceso.